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SUNAT ESTABLECE NUEVOS PLAZOS PARA USO DEL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRÓNICOS (SIRE)
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SUNAT ESTABLECE NUEVOS PLAZOS PARA USO DEL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRÓNICOS (SIRE)

SUNAT ESTABLECE NUEVOS PLAZOS PARA USO DEL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRÓNICOS (SIRE)


El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una nueva herramienta 100% digital mediante la cual, a partir de la información de los comprobantes de pago electrónicos, la SUNAT propondrá los registros de compras y ventas a los contribuyentes, quienes deberán confirmarlos o modificarlos, facilitando así el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Este nuevo servicio facilita el llenado electrónico del registro de compras y ventas. 

Es necesario resaltar que este servicio se deberá utilizar a partir del periodo tributario de octubre que se declara en el mes de noviembre, facilitando el llenado de los registros de compras y ventas, así de esta manera se reduciría los gastos de almacenamiento y conservación, así como los errores en la información además de contribuir a la gestión de la empresa proporcionando reportes sobre las actividades comerciales (compras y ventas), principales proveedores y clientes, lo que permitirá tomar mejores decisiones para el negocio ya que este  sistema permitirá enviar alertas preventivas sobre posibles errores a fin de que puedan subsanarse oportunamente.

A través del SIRE los contribuyentes podrán acceder a su información “en línea”, las 24 horas del día y sin ninguna restricción.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 000204-2023/SUNAT, la vigencia de este nuevo servicio fue publicada en el diario oficial el Peruano. Cabe mencionar que el uso del nuevo servicio será progresivo y tendrá dos fases: A partir del periodo octubre 2023 que se declara en noviembre, para los contribuyentes del Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o Régimen MYPE Tributario, que actualmente llevan sus registros de compras y ventas de manera electrónica y a partir del periodo enero 2024 que se declara en febrero, para los demás contribuyentes obligados a llevar registros de compras y ventas.

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